Renovación de las garantías objeto de la póliza por un periodo de tiempo posterior al fijado previamente en el seguro y en condiciones similares alas que anteriormente tenían vigencia. Normalmente la prórroga de los seguros se produce de forma automática, y por anualidades, excepto en los seguros contratados por tiempo limitado y en aquellos seguros en los que se produzca un preaviso en contrario por cualquiera de las partes contratantes.

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