El Ministerio de Interior pretende reducir a la mitad tanto la mortalidad como los heridos graves derivados de los accidentes de tráfico
¿Cuándo será obligatorio el casco?
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son protagonistas: seguro obligatorio, edad mínima y casco obligatorio. El primero (es decir, el seguro obligatorio) será obligatorio ya en 2022, ¿y entonces el casco?
El casco será obligatorio en cualquier vehículo con una o más ruedas que está dotado de una única plaza y propulsado, exclusivamente, por motores eléctricos que le pueden proporcionar una velocidad máxima comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Esta definición excluye, entre otros, a los vehículos para personas con movilidad reducida y a los juguetes.
Gran multa por circular sin casco
“El uso de casco y otros elementos de protección cuando se conduce un VMP, si la correspondiente Ordenanza Municipal regula su uso obligatorio, no usarlo se sancionará con 200 euros y se procederá a la inmovilización del vehículo“, ha recordado la DGT a través de Twitter.
Otras infracciones
Aceras y zonas peatonales
Hay que tener en cuenta que los vehículos de movilidad personal tienen prohibido superar los 25 km/h de velocidad.
Tampoco se puede circular por aceras y zonas peatonales bajo multa de 200 euros. Circular por travesías, túneles urbanos, vías interurbanas, autopistas y autovías, aunque transcurran dentro de poblado también estará prohibido.
Aunque los plazos no se han concretado como en el caso del seguro obligatorio que tiene como fecha límite el último mes de 2022, sí se sabe que a partir de septiembre Tráfico arrancará el proceso de consulta.
Fuentes: Marca.com | Diariomotor.com