No nos cansamos de recordarlo: los bancos no te pueden obligar a contratar un seguro de Vida vinculado a tu hipoteca. Lo recoge una Directiva Europea (2014/17/UE) y vendrá recogido en la próxima Ley Hipotecaria española.
El banco te dice: “contrata con nosotros estos seguros y te reducimos los intereses de la hipoteca”. ¡Mentira!
Los productos ofrecidos por los bancos suelen ser más caros a cambio de las mismas o incluso menores prestaciones. Y lo que es peor, no ofrecen toda la información necesaria para saber lo que estás contratando realmente.
Con la hipoteca no es obligatorio contratar un Seguro de Vida pues la Ley solo obliga a suscribir un Seguro de Hogar con cobertura de Incendios por un importe de reconstrucción igual a la cantidad que debas al banco. Puedes ver un estracto de la directiva europea que dice:
“Como norma general, no deben permitirse las prácticas de venta vinculada a no ser que el servicio o producto financiero ofrecido junto con el contrato de crédito no pueda ofrecerse por separado al constituir una parte del crédito plenamente integrada en el mismo, como por ejemplo en el caso de los descubiertos garantizados. En otros casos, cabe justificar, no obstante, que los prestamistas ofrezcan o vendan un contrato de crédito en un paquete junto con una cuenta de pago, una cuenta de ahorro, un producto de inversión o un producto de pensiones, por ejemplo en caso de que el capital de la cuenta se utilice para reembolsar el crédito o sea un requisito previo para agrupar recursos con objeto de obtener el crédito, o en aquellas situaciones en las que un producto de inversión o un producto de pensiones privado sirve de garantía adicional del crédito. Si bien está justificado que los prestamistas puedan exigir a los consumidores que dispongan de la pertinente póliza de seguro para garantizar el reembolso del crédito o asegurar el valor de la garantía, el consumidor debe tener la oportunidad de elegir su propio proveedor de seguro, a condición de que su póliza de seguro tenga un nivel de garantía equivalente al de la póliza ofrecida por el prestamista. Además, los Estados miembros pueden normalizar, en todo o en parte, la cobertura proporcionada por los contratos de seguro, con objeto de facilitar la comparación entre diversas ofertas para los consumidores que deseen buscar los productos que mejor se ajusten a sus necesidades.”
El Seguro de Vida es muy recomendable para afrontar circunstancias especiales (desempleo, enfermedad) o fallecimiento (en este caso, la familia quedaría liberada de la carga).
Si quieres cancelar tus seguros con el banco porque has encontrado mejores opciones tienes que enviar un burofax a la aseguradora y a la entidad financiera con 1 mes de antelación y suscribir otra póliza ese mismo día. Así de sencillo. Como ya sabes, en Azpiri&Lejardi podemos asesorarte adecuadamente.