El seguro de responsabilidad civil será obligatorio en España a partir de enero de 2026

A partir del 2 de enero de 2026, la movilidad urbana en España vivirá un
nuevo punto de inflexión: Ya no va a depender de los municipios, el seguro de responsabilidad civil para patinetes eléctricos será obligatorio en España a partir de enero, tras la aprobación y publicación en el BOE de la Ley 5/2025 que crea el seguro obligatorio para vehículos personales ligeros (VPL) como los VMP/patinetes eléctricos.
Esta medida, impulsada por la reforma de la Ley de Seguros de Automóviles y su reciente publicación en el BOE, pretende acabar con la disparidad normativa entre municipios y reforzar la protección tanto de peatones como de usuarios en caso de accidente
El nuevo seguro sitúa a los patinetes a un paso legal de otros vehículos motorizados más tradicionales. La ley no solo exige la póliza, sino también la inscripción de cada patinete en un registro público de la DGT antes de la fecha límite, un certificado de circulación y una placa o etiqueta identificativa. Así, cada vehículo deberá ser fácilmente localizable y rastreable si se ve implicado en un incidente.
El objetivo de esta norma lo deja muy claro: consolidar un modelo de ciudades más seguras y reducir las situaciones en las que las víctimas de un siniestro se enfrentaban a la insolvencia de los responsables.
Qué cambia

La Ley 5/2025 incorpora por primera vez a los VPL (vehículos personales ligeros, incluidos los patinetes eléctricos) al régimen de seguro obligatorio, homogeneizando una exigencia que hasta ahora dependía de ordenanzas municipales. Con la nueva ley, circular sin este seguro a partir de la fecha de exigibilidad será sancionable en todo el territorio nacional.
Desde cuándo
La ley se publicó el 25 de julio de 2025 y fija un periodo transitorio de seis meses; el seguro será exigible efectivamente desde enero de 2026. En paralelo, se crea un registro nacional de VMP/VPL gestionado por la DGT que debe estar operativo antes del 2 de enero de 2026.
Qué vehículos y coberturas
Se consideran VPL los vehículos eléctricos de una sola plaza que alcanzan entre 6–25 km/h si pesan menos de 25 kg, o entre 6–14 km/h si pesan más de 25 kg; aquí encajan patinetes, monociclos y similares. El seguro obligatorio cubre daños a terceros con límites orientativos de hasta 6,45 millones de euros por daños personales y 1,3 millones por daños materiales por siniestro; no cubre daños del propio conductor.
Transición y Consorcio
Durante el periodo transitorio, el Consorcio de Compensación de Seguros puede atender a víctimas en determinados supuestos, con derecho de repetición, hasta la plena exigibilidad del seguro en enero de 2026. A partir de entonces, la falta de seguro implica sanción e inmovilización, además de la eventual intervención limitada del Consorcio en supuestos tasados.
Situación en ciudades (hasta 2026)
Hasta la entrada en vigor plena, algunas ciudades ya exigen seguro por ordenanza local; por ejemplo, Barcelona y otras localidades han implantado requisitos de seguro y/o casco. En Euskadi, las normas locales siguen vigentes sobre casco y condiciones de uso; por ejemplo, Vitoria-Gasteiz establece casco obligatorio y condiciones específicas de circulación para VMP.

Qué hacer ahora
- Contratar un seguro de responsabilidad civil para el patinete y verificar que cumpla los límites exigidos por la ley, anticipándose a enero de 2026.
- Preparar la inscripción en el registro de VMP/VPL de la DGT antes del 2 de enero de 2026 y conservar el certificado/identificación del vehículo.
- Estimar coste: pólizas básicas suelen situarse en 20–50 €/año según coberturas y aseguradora.race+2
Si se circula por municipios con exigencias previas, es recomendable confirmar la ordenanza local para evitar sanciones antes de 2026. Puedes contactar con nosotros para que te orientemos y busquemos el seguro que mejor se ajuste a tu situación.
Fuentes | ElDiario.es | El País | DGT


